Por: Lic. Héctor Varela Rey
En esta ocasión desde ASOVAL abordamos este interesante tema de la diferenciación de la Evasión Fiscal en relación con la Elusión Fiscal, dos temas íntimamente ligados pero con diferencias fundamentales…
La principal diferencia entre evasión y elusión fiscal es que en la evasión el sujeto realiza el hecho generador del impuesto, mientras en la elusión el contribuyente evita el nacimiento de la obligación tributaria. En la elusión fiscal no hay un delito tributario previsto en la norma taxativamente, pero se usa para conseguir los objetivos de pagar menos tributos.
La elusión fiscal se refiere a las conductas del contribuyente para evitar o minimizar el pago de tributos, mientras que la evasión implica realizar un hecho generador del mismo. En Venezuela, la elusión fiscal no es ilegal pero puede ser detectada por autoridades fiscales mediante pruebas como exámenes, entrevistas con proveedores financieros o auditorías, entre otros. Las consecuencias jurídicas de la evasión incluyen multas, fines civiles y hasta cargos penales
La elusión fiscal es el uso de mecanismos legales para reducir o evitar el pago de impuestos. Algunos de estos mecanismos son:
a) Sociedades offshore en paraísos fiscales,
b) La inclusión de gastos dudosamente deducibles y relacionados al negocio,
c) La imprecisión legal,
d) Las exenciones fiscales y
e) La manipulación de los precios
Esperamos como siempre sea de gran utilidad estas informaciones que les ofrecemos…
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